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Política de privacidad

NOTIFICACIÓN SOBRE PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD

ESTA NOTIFICACIÓN DESCRIBE CÓMO SE PUEDE UTILIZAR Y DIVULGAR SU INFORMACIÓN MÉDICA Y LA FORMA EN QUE USTED PUEDE OBTENER ACCESO A LA MISMA.

POR FAVOR REVÍSELA CUIDADOSAMENTE.

El Center for Vein Restoration, considerado como una entidad amparada bajo la Ley Federal de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Médicos de 1996 (“HIPAA”), se denominará en lo sucesivo en la presente Notificación de Prácticas de Privacidad ("Notificación") como "CVR". Esta notificación es creada por el CVR para describir las formas en que el CVR puede usar y divulgar su información médica (llamada "Información de Salud Protegida" o "PHI") y para notificarle sobre sus derechos con respecto a la PHI en posesión del CVR. De acuerdo con las regulaciones, y como se describe en esta notificación, se le permite al CVR usar o divulgar la PHI a otras partes. A continuación se presentan las categorías que describen estos usos y divulgaciones, junto con algunos ejemplos para ayudarle a entender mejor cada categoría.

Usos y divulgaciones para el tratamiento, pago y operaciones de atención médica

El CVR puede utilizar o divulgar su PHI para fines de tratamiento, pago y operaciones de atención médica, descritas con más detalle a continuación, sin necesidad de obtener su autorización por escrito:

Para el tratamiento: El CVR puede usar y divulgar la PHI al momento de proporcionar, coordinar o administrar su tratamiento médico, incluyendo la divulgación de la PHI para actividades de tratamiento de otros proveedores de atención médica. Estos usos y divulgaciones pueden tener lugar entre médicos, enfermeras, técnicos y otros profesionales de la salud que brindan o participan de alguna u otra manera en su atención médica. Por ejemplo, su médico de atención primaria puede compartir su PHI con un médico especialista a quien él/ella consulte con respecto a su condición, o con el personal que lo asiste en la prestación o coordinación de su atención.

Para el pago: El CVR puede usar y divulgar su PHI para facturar y cobrar por los servicios de atención médica que se le proporcionen a usted. Por ejemplo, es posible que el CVR tenga que dar su PHI a su seguro médico para que se le reembolse por los servicios que se le han proporcionado. El CVR también puede revelar la PHI a sus socios comerciales, tales como compañías de cobranza, empresas procesadoras de reclamos y otras que colaboran en el procesamiento de reclamos relacionados con la salud. El CVR también puede divulgar la PHI a otros proveedores de atención médica y seguros médicos, en lo concerniente a las actividades de pago de dichos proveedores o planes de salud.

Para las operaciones de atención médica: El CVR puede usar y divulgar la PHI como parte de nuestras operaciones de atención médica, incluyendo: evaluación y mejoramiento de la calidad, evaluación del tratamiento, los servicios que usted recibe y el desempeño del personal en el cuidado de su salud. Otras actividades incluyen capacitación de proveedores, actividades de cumplimiento y gestión de riesgos, planificación y desarrollo, dirección y administración. El CVR puede divulgar la PHI a médicos, enfermeras, técnicos, abogados, consultores, contadores y otros, con fines de revisión. Estas divulgaciones contribuyen a asegurar que el CVR esté cumpliendo con todas las leyes aplicables y que continúe brindando atención médica a los pacientes con un alto nivel de calidad. El CVR también puede divulgar la PHI a otros proveedores de atención médica y seguros médicos para algunas de sus operaciones, incluyendo sus actividades de evaluación y mejoramiento de la calidad, acreditación y revisión por parte de especialistas o para actividades de cumplimiento.

Compartir la PHI entre el CVR y su personal médico

Los establecimientos del CVR trabajan junto con los médicos y el personal de otros proveedores de atención médica para proporcionarle servicios médicos cuando usted es un paciente en una sede del CVR. El CVR y los miembros de su personal compartirán la PHI entre sí, según sea necesario, para llevar a cabo sus actividades conjuntas de tratamiento, pago y operaciones de atención médica.

Otros usos y divulgaciones para los cuales no se requiere autorización

Además de usar o divulgar la PHI para el tratamiento, pago y operaciones de atención médica, el CVR puede usar y divulgar la PHI sin su autorización escrita, bajo las siguientes circunstancias:

Según lo requieran la ley y el orden público: El CVR puede usar o divulgar su PHI cuando así lo requiera la ley. El CVR también puede divulgar la PHI cuando se le ordene en situaciones poco comunes, como en un procedimiento judicial o administrativo, en respuesta a citaciones o solicitudes de descubrimiento, para identificar o localizar a un sospechoso, fugitivo, testigo material o persona desaparecida, sobre conducta criminal, para reportar un delito, su ubicación o víctimas, o la identidad, descripción o ubicación de una persona que cometió un delito, o para otros fines de aplicación de la ley.

Para actividades de salud pública y riesgos para la misma: El CVR puede divulgar la PHI a los funcionarios del gobierno que estén a cargo de recopilar información relacionada con la salud, tales como reacciones a medicamentos o defectos de productos, o para notificar a las personas que puedan haber estado expuestas a una enfermedad o que puedan estar en riesgo de contraer o propagar una enfermedad o afección.

Para actividades de supervisión de la salud: El CVR puede divulgar PHI al gobierno para ser usada en actividades de supervisión autorizadas por la ley, tales como auditorías, investigaciones, inspecciones, licencias o acciones disciplinarias, y otras actividades necesarias para monitorear el cuidado de la salud o el cumplimiento de los programas gubernamentales o las leyes de los derechos civiles.

Investigación: Bajo ciertas circunstancias, el CVR puede utilizar y divulgar la PHI con fines de investigación médica.

Para evitar una amenaza grave a la salud o la seguridad: El CVR puede usar y divulgar la PHI a las fuerzas de seguridad u otras personas pertinentes, para prevenir o disminuir una amenaza grave a la salud/seguridad de una persona o del público.

Funciones gubernamentales especializadas: El CVR puede usar y divulgar la PHI de personal militar y veteranos bajo ciertas circunstancias, y también puede divulgar la PHI a oficiales federales autorizados, para fines de inteligencia, contrainteligencia y otras actividades de seguridad nacional.

Recordatorios de citas, beneficios y servicios relacionados con la salud, actividades de mercadeo limitadas: El CVR puede usar y divulgar la PHI para recordarle una cita o para informarle sobre alternativas de tratamiento u otros beneficios y servicios relacionados con la salud que puedan ser de su interés, tales como programas para el manejo de enfermedades. El CVR puede usar y divulgar su PHI para motivarlo a comprar o usar un producto o servicio, a través de comunicación presencial o por escrito, o al darle un regalo promocional de valor nominal.

Divulgaciones para las investigaciones de cumplimiento con la HIPAA: El CVR puede divulgar su PHI cuando se le requiera hacerlo, en relación con sus derechos de acceso a su PHI y para rendir cuenta de ciertas divulgaciones de su PHI. El CVR debe divulgar su PHI al departamento de salud y servicios sociales de los Estados Unidos cuando así lo solicite el secretario, para investigar el cumplimiento de las regulaciones de privacidad emitidas por la HIPAA.

Requisitos reglamentarios: El CVR está obligado por ley a mantener la privacidad de su PHI, a notificar a las personas de sus deberes legales de privacidad con respecto a la PHI y a cumplir con los términos descritos en esta notificación. El CVR se reserva el derecho de cambiar los términos de esta notificación o de las políticas de privacidad, y de hacer cambios aplicables a toda la PHI que conserva. El CVR reconocerá los cambios en la notificación y facilitará una copia revisada de la misma a solicitud del paciente. Una copia de la notificación se colocará en las áreas de registro y de espera.

Usted cuenta con los siguientes derechos en lo que respecta a su PHI: Usted puede solicitar que el CVR restrinja el uso y la divulgación de su PHI. El CVR no está obligado a aceptar ninguna solicitud de restricción, pero estará sujeto a las restricciones que acordemos, excepto en situaciones de emergencia. Usted tiene el derecho de solicitar que las comunicaciones de su PHI a usted por el CVR se hagan por medios o lugares alternativos. Puede solicitar que el CVR se comunique con usted por teléfono celular, por correo electrónico o a una dirección alternativa. El CVR puede atender su solicitud al completar el formulario de preferencias de comunicación y acuerdo de mensaje del CVR.

Usted tiene derecho a inspeccionar y copiar su PHI en poder del CVR, si lo solicita por escrito al Director de Registros Médicos del CVR. Dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción de su solicitud (a menos que se prorrogue por otros treinta (30) días), el CVR le informará en qué medida su solicitud ha sido aceptada o no. El CVR puede proporcionarle un resumen de la PHI que usted solicite, si usted está previamente de acuerdo con dicho resumen. El CVR puede imponer una tarifa razonable determinada por la ley estatal para cubrir los costos de copias, franqueo y otros gastos relacionados con las copias o resúmenes de su PHI. Si el CVR le niega el acceso a su PHI, se le explicarán los motivos de tal denegación. Si el CVR no conserva la PHI que usted solicita, y se tiene conocimiento sobre dónde se encuentra la misma, le diremos cómo redirigir su solicitud.

Usted tiene derecho a recibir notificaciones cada vez que se produzca una brecha de su PHI que no esté protegida. El CVR le notificará mediante una comunicación por escrito.

Usted tiene el derecho de restringir la divulgación de información a su(s) seguro(s) médico(s) por los servicios pagados directamente por usted. Usted tiene el derecho de restringir la divulgación de la PHI para los servicios por los cuales ha pagado directamente. Se requiere su notificación por escrito.

Usted tiene el derecho de designar representantes personales. Usted puede designar a personas específicas - otros cuidadores o representantes personales - con quienes el CVR puede revelar su PHI. Por favor complete el formulario de privacidad del paciente y protección de HIPPA del CVR.

Usted tiene derecho a solicitar al CVR que modifique, corrija o complemente su PHI. Su solicitud debe hacerse por escrito al Director de Registros Médicos del CVR y debe explicar por qué está solicitando una enmienda a su PHI. Dentro de los sesenta (60) días posteriores a la recepción de su solicitud (a menos que se prorrogue por treinta (30) días adicionales), el CVR le informará en qué medida su solicitud ha sido aceptada o no. Por lo general, el CVR puede denegar su solicitud si está relacionada con PHI que: (i) no fue creada por la entidad; (ii) que no es parte de los registros que la entidad conserva; (iii) que no está sujeta a ser inspeccionada por usted; o (iv) que es exacta y completa. Si su solicitud es denegada, el CVR le entregará una denegación por escrito que explica la razón de dicho caso y sus derechos para: (i) presentar una declaración de desacuerdo con la denegación; (ii) si usted no presenta una declaración de desacuerdo, presentar una solicitud para que se realicen futuras divulgaciones de la PHI relevante con una copia de su solicitud y que se adjunte la denegación de la entidad; y (iii) presentar una queja sobre la denegación.

Usted tiene derecho a solicitar/recibir una lista de las divulgaciones de PHI que el CVR haya realizado durante los seis (6) años anteriores a su solicitud (pero no antes del 14 de abril de 2003). La lista no incluirá las divulgaciones (i) para las cuales usted ha proporcionado una autorización por escrito; (ii) para el pago; (iii) hechas a usted; (iv) a las personas involucradas en su atención médica; (v) para fines de seguridad nacional o inteligencia; (vi) a las autoridades policiales y judiciales; o (vii) de un conjunto limitado de datos. Usted debe presentar dicha solicitud al Oficial de Privacidad, y dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción de su solicitud (a menos que se extienda por treinta (30) días adicionales), el CVR le responderá con respecto al estado de su solicitud. El CVR le proporcionará una lista sin costo alguno, pero si usted hace más de una solicitud en un año, se le cobrará un cargo de $25,00 por cada solicitud adicional.

Usted tiene el derecho de recibir una copia impresa de esta notificación si así lo solicita, incluso si ha aceptado recibir la notificación de manera electrónica. Usted puede revisar e imprimir una copia de esta notificación en cualquier sitio Web del CVR a través de www.centerforvein.com o puede solicitar una copia impresa de esta notificación poniéndose en contacto con el oficial de privacidad como se describe a continuación.

Si usted cree que sus derechos de privacidad con respecto a su PHI han sido incumplidos, puede presentar una queja ante el CVR, comunicándose con el oficial de privacidad y presentando una queja por escrito, o llamando a la línea directa del CVR al 240-965-3915. El CVR no tomará represalias contra usted por el hecho de presentar una queja con respecto a las prácticas de privacidad. También tiene derecho a presentar una queja ante el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Sociales.

Si tiene alguna pregunta sobre esta notificación, por favor comuníquese con el oficial de privacidad del CVR por teléfono al 240-965-3915, por correo electrónico a [email protected], o por correo al 7474 Greenway Center Drive, Suite 1000, Greenbelt, MD 20770.

LA NOTIFICACIÓN ES EFECTIVA: 1/4/2003; REVISADA: 1/4/2013

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